¿Sabes como tributan los beneficios?
Presta atención para cumplir la ley👇🏼

Los beneficios que obtengas por tus inversiones en crowdfunding inmobiliario, como Urbanitae, tributan como rendimientos del ahorro.
En general el gravamen es el siguiente:
Tributación de personas físicas en España
Las personas físicas pagan impuestos por los ingresos recibidos como rendimientos del capital mobiliario en la base imponible de ahorro del IRPF según la siguiente escala:
- Hasta 6.000 €, al 19%
- De 6.000 € a 50.000 €, al 21%
- De 50.000 € en adelante, al 23%
Los dividendos estarán sujetos a una retención del 19% en plataformas españolas. En plataformas extranjeras de crowdfunding inmobiliario la retención será la aplicable en cada país.
Tributación de sociedades en España
Para inversiones de empresas que representen una participación inferior al 5% de la sociedad del proyecto, los dividendos se integran en la base imponible del impuesto de sociedades, tributando al tipo impositivo que le corresponda a la sociedad que realice la inversión, normalmente el 25% en PYMEs.
Exención de tributación
Si se tiene una participación igual o superior al 5% de la sociedad del proyecto, los dividendos están exentos de pagar impuestos y, por tanto, no se integran en la base imponible del impuesto de sociedades.
Es requisito poseer la participación con más de un año de antelación a la fecha del acuerdo del reparto de dividendos para beneficiarse de la exención de impuestos.
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